Reseña
No ha habido ni hay un solo régimen constitucional que, a un tiempo, sea tal y niegue la autonomía privada. Así, el principio de autonomía privada es condición necesaria del Estado social y democrático de derecho por más que no sea su condición suficiente. Pero por otra parte y a diferencia de lo que sucede con otros derechos subjetivos privados, el de asociación se manifiesta plenamente sólo con los regímenes constitucionales.
En este libro, un publicista alemán y dos privatistas españoles tratan de analizar las consecuencias de las paradójicas afirmaciones anteriores, así como de definir, para el caso de las asociaciones, cuáles son los límites de la doctrina de la eficacia de las normas de la Constitución sobre derechos fundamentales en las relaciones entre particulares (Drittwirkung»). Dos culturas, la alemana y la española, y dos especialidades, la publicística y la privatística, se dan cita en esta obra para comentar y discutir nuestra jurisprudencia constitucional y ordinaria sobre el derecho de asociación.