Reseña
La diversidad cultural presente en la sociedad occidental actual es un hecho que conlleva manifestaciones de indole social, economica, juridica, etc. La inclusion de culturas, etnias y religiones distintas de aquellas que tradicionalmente se han aposentado en Europa ha desvelado un debate todavia no clausurado que plantea c uestiones.En España, como en muchos otros paises europeos, carecemos de un tratamiento juridico homogeneo en el ambito de la mediacion intercultural, lo que esta generando, logicamente, problemas derivados de la falta de profesionalizacion, acreditacion y reconocimiento de este sector.
La ausencia de institucionalizacion de esta figura motivo, esencialmente al tercer sector, a su desarrollo mediante vias alternativas en el ambito privado. Aun asi podemos tambien destacar algunos pasos dados por la Administracion (autonomica o local) que han supuesto avances interesantes en el desarrollo de esta especialidadEn cuanto a los ambitos en los que se desenvuelve la mediacion intercultural conviene tener en cuenta que esta abarca aspectos multiples: de indole familiar, laboral, socio-juridica, socio-educativa, sanitaria, comunitaria, etc. Sin embargo, parece que los que mas impulso han obtenido tanto desde el ambito privado como desde el publico son el sanitario y el educativo.Al igual que la mediacion familiar la intercultural se esta llevando a cabo unicamente desde el ambito autonomico y esta no es la via adecuada para una realidad que requiere mayor homogeneidad que la que aporta la regulacion fragmentaria y dispersa de produccion autonomica. Es evidente que es necesario abordar, de forma inmediata y desde la legislacion estatal, la plasmacion juridica de esta realidad social, estableciendo un regimen que regule el estatuto juridico del mediador intercultural y la formacion requerida para un correcto ejercicio de esta profesion en todo el territorio nacional.